Cuando se le imputan cargos a una persona por la comisión de un delito grave, existe la posibilidad de que también se le impute un aumento de pena. Además de probar los elementos constitutivos del delito que se ha imputado, el fiscal también debe probar que se cumplen los requisitos del aumento de pena que se pretende aplicar. Si lo logra, en la sentencia condenatoria se impondrá la pena que corresponde al delito grave en conjunto con un periodo adicional y consecutivo de privación de libertad.

Ahora bien, entre los aumentos de pena regulados en la legislación de California se encuentran los de uso o posesión de armas de fuego.

Si es acusado de cometer un delito debe recibir una consulta con uno de los abogados criminalistas de la firma de abogados San Diego Criminal Attorney, ubicada en San Diego, California. De esta manera, dejará su caso en las mejores manos, ya que nuestros abogados cuentan con una extensa experiencia en el ejercicio profesional y se asegurarán de que su caso sea manejado de la mejor manera para que no tenga que preocuparse por las consecuencias negativas que puedan derivarse de estos hechos.

¿Cuándo se aplican estos aumentos de pena?

Estos incrementos de penas tienen las siguientes particularidades:

  • Se aplica a los participantes principales de la comisión del delito. Salvo que la ley establezca expresamente lo contrario, el incremento de pena por los delitos de armas se aplica a los participantes principales en la comisión del delito, cuando éstos usan o poseen un arma. Ahora bien, estos participantes principales incluyen a la persona que comete el delito de forma activa y directamente, y aquel que instigue o sea cómplice en la comisión del delito.
  • Sólo se aplica por el uso o posesión del arma de fuego. Algunos aumentos de penas tienen como requisito que uno de los participantes principales utilice el arma y otros sólo requieren que se encuentre armado. Ahora bien, el uso del arma debe entenderse como dispararla, exhibirla de una forma amenazante, o golpear a alguien con ella.

Por su parte, se considera que una persona estaba armada cuando lleva intencionalmente el arma, así como también cuando lleva municiones o las tiene listas para su uso. Cabe destacar que, si bien deben estar presentes en ese momento, no es necesario que el arma esté cargada, lista para disparar o la tenga a su alcance inmediato.

  • Se aplica a los condenados por ciertos delitos graves. El aumento de pena se impone cuando el delito grave por el que ha sido condenado es un delito de drogas grave, un delito sexual grave o un delito violento. En cuanto a este último, debemos mencionar que la ley consagra más de 24 delitos violentos, entre los cuales se encuentran el secuestro, la violación y el asesinato.

Existen casos en los que concurren varias de las situaciones anteriormente mencionadas, y por lo tanto, varios aumentos de pena. De modo que, le será impuesto el aumento de pena que conlleve el periodo más largo de privación de libertad.

¿Cuál es el periodo de privación de libertad que conlleva el aumento de pena?

Generalmente para la imposición del aumento de pena existen tres periodos ya establecidos que se denominan bajo, medio y alto, quedando a discreción del juez decidir cuál de los tres periodos va a imponer, sin embargo, para algunos el juez tiene la obligación de imponer la pena del medio cuando no hay circunstancias agravantes o atenuantes.

Debemos mencionar que las circunstancias atenuantes son los factores que justifican la imposición de una pena menor por parte del juez o incluso a veces conducen a que no se imponga un aumento de pena. Por su parte, las circunstancias agravantes son factores que justifican la imposición de una pena mayor. En ambos casos, estos factores están basados en el comportamiento del acusado o en el delito que se ha cometido.

Entre los factores vinculados con el delito se encuentran que éste haya sido cruel y perverso, que el acusado haya sido un participante activo o pasivo en la comisión del delito, la planeación y complejidad reflejada en su comisión, entre otros.

En cuanto a los factores vinculados con el comportamiento del acusado, estos incluyen la existencia de antecedentes penales, haber incurrido en conductas violentas con anterioridad y la admisión voluntaria de su conducta indebida en las etapas iniciales del proceso judicial.

¿Cuáles son los distintos aumentos de pena por armas de fuego?

A continuación, explicaremos a detalle cada uno de estos aumentos de sentencia.

  1. Estar armado con un arma de fuego durante la comisión de un delito grave. Artículo 12022 PC. Consiste en poseer un arma de fuego o usar un arma mortal o peligrosa, distinta a un arma de fuego. De manera que, este aumento de pena sólo castiga la posesión de un arma de fuego y no su uso, además de castigar el uso de cualquier arma distinta a un arma de fuego.

Conlleva un periodo de privación de libertad de un año adicional y consecutivo a la pena impuesta con la condena del delito grave. Pero dicho periodo aumenta cuando se verifican las siguientes circunstancias:

  • Cuando el delito es el robo de autos. Si ha sido condenado por cometer o intento de cometer el delito de robo de autos del artículo 215 PC, también conocido como “carjacking”, se impondrá un periodo de privación de libertad adicional y consecutivo de 1, 2 o 3 años que deberá cumplirse en la prisión estatal.
  • Estar armado con un arma de asalto durante la comisión de un delito grave. Si durante la comisión del delito por el que fue condenado se encontraba armado con un arma de asalto, una ametralladora o un rifle 50 BMG, entonces el periodo de privación de libertad adicional y consecutivo será de 3 años.
  • Delitos de drogas. Algunos delitos de drogas contemplados en la legislación de California contemplan este aumento de pena, entre estos se encuentran los siguientes:
  • Posesión De Una Sustancia Controlada Para La Venta. Artículo 11351 HS.
  • Transporte de una sustancia controlada para la venta. Artículo 11352 HS.

Ahora bien, si el acusado portó personalmente el arma de fuego ya que, la pena será de 3, 4 o 5 años adicionales y consecutivos. Por el contrario, si éste no la portaba, pero sabía que otro participante en la comisión del delito llevaba el arma, entonces el aumento será de 1,2 o 3 años.

  1. Posesión de munición creada para penetrar metal o armadura. Artículo 12022.2 PC. Este aumento de pena se impone cuando se lleva a cabo un delito grave portando un arma de fuego y además, se tiene la posesión inmediata de municiones creadas para penetrar metal o armadura. También tiene lugar cuando la persona utiliza un chaleco antibalas mientras lleva a cabo un delito grave violento.

El periodo adicional que se impone con este aumento de pena, dependerá de las siguientes circunstancias:

  • Munición capaz de perforar metal o armaduras. La posesión de cualquier munición que perfore metal o armaduras mientras se comete un delito grave violento, conlleva un periodo de privación de libertad de 3, 4 o 10 años, los cuales serán adicionales y consecutivos a la pena impuesta con la condena del delito grave. Sin embargo, es importante mencionar que el juez debe imponer el periodo adicional de 4 años si no hay circunstancias agravantes o atenuantes. Cuando las hay, queda a su discreción decidir cuál periodo debe imponerse y la justificación sobre su decisión debe constar en el expediente.
  • La utilización de chalecos antibalas. Cuando un individuo utiliza un chaleco antibalas mientras comete o intenta cometer un delito violento, la pena es de 1, 2 o 5 años adicionales y consecutivos a la pena impuesta con el delito. Sin embargo, al igual que en el caso anterior, el juez está obligado a dictar el periodo de 2 años si no hay circunstancias agravantes o atenuantes, de lo contrario puede decidir cuál aumento de pena colocar entre estos tres periodos, pero debe justificar su decisión en el expediente cuando dicta la sentencia.

 

  1. Uso o posesión de un arma de fuego durante la comisión de ciertos delitos sexuales. Artículo 12202.3 PC. Este aumento de pena se impone cuando se usa o posee un arma de fuego mientras se cometen ciertos delitos sexuales especificados en la disposición, entre los cuales podemos mencionar los siguientes:
  • Violación. Artículo 261 PC.
  • Sodomía forzada. Artículo 286 PC.
  • Conducta lasciva con un menor de edad. Artículo 288 PC.

Aunque se suele pensar que la comisión de estos delitos sexuales culmina al terminar el acto sexual, esto es incorrecto, ya que se considera que se sigue cometiendo el delito mientras la víctima se encuentre bajo el control del perpetrador del delito. Por lo tanto, se puede imponer el aumento de pena cuando el perpetrador porta el arma luego del acto sexual.

Ahora bien, el periodo en este caso dependerá de si sólo portaba el arma o si la utilizó ya que portar el arma acarrea un aumento de pena de 1, 2 o 5 años. Por su parte, utilizar el arma tendrá como consecuencia un incremento de 3, 4 o 10 años.

  1. Suministro o intento de suministro de un arma de fuego a una persona para ayudarla a perpetrar un delito grave. Artículo 12022.4 PC.

Se aplicará cuando la persona ha suministrado o intentado suministrar un arma de fuego a un individuo para que la utilice durante la comisión de un delito grave. Sin embargo, tiene una particularidad, ya que no sólo se impone cuando la persona concede el arma de fuego a otra durante la comisión del delito, sino también cuando la transferencia del arma ocurre antes de cometerlo, siempre que los hechos ocurran de manera sucesiva.

El aumento en este caso será de un periodo de 1, 2 o 3 años, pero deberá imponerse el periodo de 2 años ante la ausencia de circunstancias agravantes o atenuantes. De haberlas, el juez tiene la facultad de decidir cuál periodo imponer y debe señalar sus motivos en el expediente al dictar la sentencia.

  1. Uso personal de armas de fuego, armas de asalto, ametralladoras y rifles 50 BMG durante la comisión de un delito grave. Artículo 12022.5 PC.

Se impondrá únicamente cuando el individuo utilizó personalmente el arma mientras cometía o intentaba perpetrar un delito grave, lo cual se verifica cuando exhibe el arma de manera amenazante, la dispara o golpea a otra persona con ella. Sin embargo, este aumento no se impone para los delitos graves en los que el uso del arma es un elemento imprescindible para su comisión, como el delito de asesinato del artículo 187 PC.

Ahora bien, debido a que hay dos delitos en específico que pueden dar lugar a dudas fácilmente, la disposición aclara que se incluyen dentro de estos el asalto con arma de fuego del artículo 245 (a) (1) PC y el asesinato del artículo 187 PC incluso cuando se comete al disparar desde un automóvil en movimiento. Se tiende a pensar que el uso del arma de fuego es imprescindible en la comisión de estos delitos, pero no es así, ya que se puede ser condenado si se asiste, ayuda o instiga a su comisión, de modo que si usa el arma personalmente mientras comete cualquiera de estos, aplicaría este aumento de pena.

Asimismo, el aumento consistirá en un periodo de 3, 4 o 10 años en la prisión, aunque dicho periodo será de 5,6 o 10 años si se trata de una ametralladora o un arma de asalto.

  1. Uso personal de armas de fuego durante la comisión de un delito grave. Artículo 12022.53 PC. También conocida como la norma de “10-20-cadena perpetua”, se impone cuando una persona ha usado personalmente el arma de fuego mientras comete un delito grave, entre los cuales podemos mencionar los siguientes:
  • Artículo 187 PC.
  • Mutilación. Artículo 203 PC.
  • Artículo 207 PC.
  • Violación. Artículo 261 PC.
  • Artículo 211 PC.

El aumento que se impondrá dependerá del acto realizado, ya que, si utiliza el arma, se impondrá un periodo de 10 años que debe cumplirse en prisión, si dispara, el periodo será de 20 años, pero si provoca una lesión corporal grave o la muerte a otra persona con el arma, entonces el periodo será desde 25 años hasta cadena perpetua. Ahora bien, si concurren varios de estos actos, entonces se aplicará el aumento de pena que sea mayor.

¿Cuándo no puede imponerse el aumento de pena?

La quinta enmienda de la Constitución de los Estados Unidos consagra la cláusula de doble peligro, la cual establece que sólo se puede castigar el mismo delito una vez. Por esta razón, no se impone el aumento de pena cuando el delito grave por el que ha sido acusado ya castiga la misma conducta. Para determinar esto, se debe hacer un análisis sobre si la posesión o el uso de un arma constituye un elemento imprescindible del delito grave por el que ha sido acusado, en cuyo caso no podría aplicarse el aumento de pena.

Cabe destacar que los aumentos de pena se aplicarán incluso si el arma de fuego no estaba cargada o no funcionaba. Ya que sólo se toma en cuenta que haya sido creada para disparar y se vea capaz de hacerlo.

¿Cuántos aumentos de pena por armas de fuego pueden aplicarse por un delito?

Sólo se puede imponer un aumento de pena por armas de fuego por cada delito, si se verifican los requisitos de varios aumentos de pena, entonces se aplicará el que conlleve el periodo de privación de libertad más largo.

Sin embargo, es muy importante tener en cuenta la cantidad de cargos que se imputan por un delito, ya que en este caso sí se pueden imponer varios aumentos de pena, incluso por los mismos actos. Por ejemplo, cuando resultan varias víctimas del mismo acto delictivo, se imputan varios cargos por el mismo hecho punible según la cantidad de víctimas que existan, de modo que también se podrán imponer un incremento de pena por cada cargo imputado si se usó o portó el arma.

¿Cuáles otros aumentos de pena se pueden imponer?

Debemos tener en consideración que la legislación contempla otros tipos de aumento de pena que castigan actividades distintas.

Ahora bien, existen dos tipos de aumentos de pena, los que se basan en el tipo de delincuente y los que se basan en el tipo de delito, ya que son distintos, se pueden imponer ambos por el mismo crimen. Entre los aumentos de pena que se pueden imponer en conjunto con éste, podemos mencionar los siguientes:

  • Tomar, dañar o destruir propiedad intencionalmente durante la comisión de un delito grave. Artículo 12022.6 PC.
  • Infligir personalmente una lesión corporal grave durante la comisión de un delito grave. Artículo 12022.7.

¿Existen defensas que puedan impedir la aplicación del aumento de pena?

Las defensas que puede alegar su abogado dependerán del aumento de pena específico que se haya impuesto, sin embargo, algunas de estas son las siguientes:

  1. No resultar culpable del delito grave. Para que se apliquen los aumentos de pena, primero el individuo debe ser declarado culpable del delito grave del cual ha sido acusado, de manera que, la mejor forma de lograr que no se le imponga el incremento de pena es ejercer la mejor defensa posible para no resultar condenado del delito grave en el juicio.
  2. No usó el arma personalmente. Esta defensa puede ser muy útil para los aumentos de pena que requieren el uso personal del arma, como las siguientes:
  • Uso personal de armas de fuego, armas de asalto, ametralladoras y rifles 50 BMG durante la comisión de un delito grave. Artículo 12022.5 PC.
  • Uso personal de un arma de fuego durante la comisión de un delito mayor grave. Artículo 12022.53 PC.

Recordemos que además de probar los elementos del delito mayor que se le ha imputado, el fiscal debe también probar los requisitos del aumento de sentencia que se pretende imponer, por lo que si no logra probar el uso personal del arma ,no se impondrá este aumento de pena.

  1. Mala conducta por parte de la policía. Algunos actos realizados por los policías pueden ser ilegales, entre estos se encuentran plantar armas de fuego ocultas en su vestimenta o en su automóvil, dar declaraciones falsas sobre los hechos ocurridos y colocar información falsa en el informe policial. Si esta defensa prospera, puede conllevar a que su cargo sea desestimado, en cuyo caso no existiría una condena y por lo tanto no se aplicaría el aumento de pena. También puede ocurrir que la conducta ilegal de la policía esté vinculada con un requisito del aumento de pena, en este caso, aunque se dicte una sentencia condenatoria no se aplicaría el aumento de pena.

  2. Registro ilegal. De conformidad con la Cuarta Enmienda de la Constitución de los Estados Unidos, los registros de una persona, su vivienda o automóvil y las incautaciones que resulten de la búsqueda, deben cumplir con una serie de parámetros legales. En primer lugar, debe existir una orden judicial válida que autorice el registro, la cual debe establecer cuáles son los objetos que se buscarán, la propiedad y el área específica en la que se realizará la búsqueda. También podrán efectuar el registro ante la existencia de la causa probable que lo justifique, cuando el policía crea razonablemente que la persona ha realizado un acto delictivo o representa un peligro para su seguridad. En ausencia de estos requisitos, sólo podrán llevar a cabo el registro cuando la persona exprese su consentimiento para ello.

Ahora bien, si no se cumple con ninguna de las condiciones mencionadas, entonces existe una violación de sus derechos constitucionales y las pruebas que resulten de la búsqueda, no pueden utilizarse como evidencia en el juicio, ya que son inadmisibles. Al ser inadmisible el arma como prueba, esto puede conllevar a que sus cargos por el delito o el aumento de pena sean desestimados.

¿En qué consiste la discrecionalidad del juez?

Con la aprobación del proyecto de ley 620 del senado de California, desde el 1 de enero de 2018, los jueces tienen la facultad de desestimar ciertos aumentos de pena, cuando así lo requieran los intereses de la justicia. Esto significa que, el juez podrá no imponer los siguientes aumentos de pena incluso si se cumplen los requisitos para su aplicación.

  • Estar armado con un arma de fuego durante la comisión de un delito grave. Artículo 12022 PC.
  • Uso personal de armas de fuego, armas de asalto, ametralladoras y rifles 50 BMG. durante la comisión de un delito grave. Artículo 12022.5 PC.
  • Uso personal de un arma de fuego durante la comisión de un delito grave. Artículo 12022.53 PC.

¿Cómo encontrar los servicios de un abogado cerca de mí?

Enfrentarse a la posibilidad de que se le imponga un aumento de pena por armas de fuego puede ser una situación complicada, ya que además de la condena por el delito principal, corre el riesgo de ser privado de su libertad por un periodo de tiempo más largo. Debe saber que la estrategia de defensa que sea llevada a cabo en el juicio es crucial para evitar esto. Por esta razón, no dude en obtener la asesoría de uno de nuestros abogados lo antes posible, somos profesionales capacitados que contamos con una amplia experiencia, así que evaluaremos su caso y ejercemos una defensa orientada a lograr que se desestimen sus cargos, no sea declarado culpable o se le impongan penas menores.

Llámenos al 619-880-5474 para recibir una consulta de un abogado de San Diego Criminal Attorney, y estaremos dispuestos a ayudarlo.