¿Alguna vez ha considerado simular el accidente de un vehículo para obtener una indemnización por parte de la empresa de seguros?

Si la respuesta es afirmativa debe saber que dicha conducta es manifestación del delito de fraude de seguro de auto, previsto en las secciones 548 al 551 del Código Penal de California, que se configura cuando el asegurado pretende defraudar a la compañía aseguradora con la finalidad de obtener un pago o beneficio económico. En consecuencia, si usted realiza a la compañía aseguradora, un reclamo falso o la engaña con la intención de lograr que le sea indemnizado un monto al que no tiene derecho, habrá cometido fraude de seguro de auto.

Este tipo de fraude sucede con gran frecuencia ya que son diferentes las acciones que pueden llevarse a cabo con el fin de obtener alguna ventaja económica -ilegal- del contrato suscrito con la empresa aseguradora, lo que genera para ésta, importantes pérdidas financieras. Sin embargo, lo que muchos no saben es que a largo plazo son los mismos asegurados quienes sufren las consecuencias de estas conductas, puesto que, es probable que en el siguiente contrato aumente considerablemente la prima que deberán pagar.

De lo anteriormente expuesto, se observa que la finalidad perseguida con este tipo de contrato que busca el resguardo del vehículo asegurado de cualquier daño real e imprevisto que pueda surgir, así como también, la protección de los sujetos que viajen en él, se desnaturaliza por la conducta fraudulenta materializada por el asegurado, motivo por el cual, la Ley sanciona fuertemente este delito con pena de prisión y la imposición de onerosas multas.

¿Ha sido acusado de Fraude de Seguro de Auto en San Diego, CA?

Si ha sido acusado por este delito en San Diego, es importante que contrate un abogado criminalista de San Diego Criminal Attorney, puesto que, tenemos setenta y cinco años de experiencia y en función de ello ejerceremos las estrategias correctas para lograr los resultados más beneficiosos en su caso, previo análisis del mismo. ¡Contáctenos!

¿De qué trata este delito?

El fraude de seguro de auto es el delito que se ejecuta cuando una persona intencionalmente realiza un reclamo fraudulento a la compañía aseguradora, o la engaña con el propósito de obtener una indemnización que no le corresponde por ley.

Algunas conductas que puedan conllevar a que una persona sea acusada por fraude de seguro de auto, son:

  • Declarar ante la empresa aseguradora la ocurrencia de un accidente automovilístico a fin de obtener la indemnización correspondiente, cuando lo cierto es que no ocurrió tal incidente.
  • Provocar el accidente automovilístico o incidente con la finalidad de cometer fraude en perjuicio de la empresa aseguradora.
  • Destruir o causar daños al vehículo a fin de cometer fraude en contra de la compañía de seguro.
  • Declarar ante la empresa aseguradora que su automóvil fue robado, cuando en realidad fue usted quien lo abandonó para obtener la indemnización y poder comprarse uno nuevo o en mejores condiciones que el suyo.
  • Haber sufrido un accidente que generó daños leves en el vehículo, y declarar ante la empresa aseguradora que los daños producidos fueron graves para así obtener una mayor indemnización.
  • Haber sufrido un ligero accidente en el auto y adicionar otros daños para que sean todos reparados o para que se coloquen piezas nuevas al vehículo.

¿Qué tipos de fraude de seguro de auto se encuentran regulados en la legislación de California?

Son diversas las conductas que se pueden cometer que darán origen a la presentación de cargos por este delito, las más usuales son:

  • Presentar, preparar o hacer una declaración fraudulenta.
  • Realizar un reclamo en fraude de la empresa aseguradora.
  • Referir o solicitar negocios para cometer fraude en perjuicio del seguro.
  • Producir un accidente de auto con total intención.
  • Consignar varias reclamaciones de seguro.
  • Producir daños al vehículo o abandonar el mismo.

Presentar, preparar o hacer una declaración fraudulenta

Según lo previsto en el Código Penal, sección 550 (b)(1)-(4) está expresamente prohibido:

  • Indicar en la declaración escrita o verbal que formará parte integrante de un reclamo ante la empresa de seguro o que será respuesta a una reclamación ante la misma, que se encuentra domiciliado en California, cuando lo cierto es que su domicilio corresponde a otro lugar.
  • Presentar una declaración verbal o escrita que forme parte de una reclamación en contra o a favor de un requerimiento de indemnización o de cualquier otra ventaja, a sabiendas que la referida declaración es falsa o engañosa en relación al hecho que realmente ocurrió.
  • Presentar una declaración verbal o escrita que se oponga o forme parte integrante de un reclamo efectuado a fin de obtener una indemnización por parte de la empresa de seguro u otra ventaja, con conocimiento de que tal hecho no es cierto.
  • Preparar o realizar una declaración verbal o escrita que se oponga o forme parte de un requerimiento de indemnización o de otro beneficio a la empresa de seguros, a pesar de saber que la declaración es falsa o engañosa.

Ejemplo:

Un sujeto que se encuentra domiciliado en Kansas se percata de que en California son más económicas las primas de seguro de autos, motivo por el cual, realiza un reclamo a una compañía aseguradora de California, afirmando que éste es su lugar de residencia e indicando como dirección, el domicilio de su hermano, es decir, brindando información falsa. En consecuencia, de descubrirse que su domicilio se encuentra en Kansas, podrán presentarse cargos en su contra por haber realizado una declaración falsa ante una empresa de seguros.

Realizar un reclamo en fraude de la empresa aseguradora

Esta conducta delictual se encuentra regulada en el Código Penal, sección 550, que prohíbe:

  • Reclamar fraudulentamente o de manera falsa, alguna indemnización por daños, robo, destrucción o transformación de un vehículo, una pieza de éste o algún artículo en su interior,
  • A sabiendas que dicho reclamo es falso o fraudulento, y
  • Con la intención de defraudar a la compañía de seguros.

Nota: Para que este hecho punible se configure no es necesario que la compañía aseguradora haya sufrido pérdidas económicas producto de dicha reclamación.

Ejemplo:

Un automóvil que se encuentra asegurado, fue rayado en la puerta trasera del lado del conductor por el chofer de otro vehículo que se encontraba manejando en estado de ebriedad y no calculó bien los espacios, sin embargo, el asegurado nunca reportó lo sucedido ni realizó la reparación a su vehículo. Dos meses después su automóvil es impactado en la misma puerta, por otro vehículo, mientras conducía hacia su trabajo, oportunidad que aprovecha el asegurado para reportar todos los perjuicios (anteriores y actuales) como si se hubieran ocasionado en esa oportunidad a fin de obtener una indemnización por la totalidad de los daños, caso en cual, de ser descubierto, podrá ser acusado por este delito en función de lo previsto en la sección 550 del Código Penal.

Importante: Es indispensable que el asegurado haya realizado el reclamo de manera falsa o fraudulenta, de lo contrario, no podrá ser declarado responsable penalmente.

Partiendo del mismo ejemplo, si el asegurado no sabía de la existencia de los daños, es decir, los rayones en la puerta trasera del lado del conductor de su vehículo, y procede a declararlos como parte del choque sufrido dos meses después, por creer que fueron ocasionados en esta ocasión, producto de la colisión, no podrá ser condenado por este hecho punible, ya que no actuó de manera fraudulenta.

Referir o solicitar negocios para cometer fraude en perjuicio del seguro

Este delito se encuentra consagrado en el Código Penal, sección 549, que prohíbe lo siguiente:

  • Referir o recomendar a otra persona para que acuda a un taller que se encarga de reparar vehículos, o
  • Que sea el taller quien solicite tales negocios a una persona.

En tal sentido, es necesario que la persona o el taller, según el caso, tengan conocimiento que se va a consignar un reclamo falso o fraudulento ante la empresa de seguro.  

Ejemplo:

Una persona que trabaja para una empresa de seguros recomienda a uno de los asegurados que vaya a un taller mecánico determinado, a sabiendas que se va a consignar un reclamo falso o fraudulento a la empresa aseguradora.

Producir un accidente de auto con total intención

En atención a lo establecido en el Código Penal, sección 550 (a) (3) se prohíbe:

  • Causar o formar parte de un accidente automovilístico,
  • Saber que la finalidad de tal accidente es solicitar a la compañía de seguro, de manera falsa o fraudulenta, alguna reclamación, y
  • Que tal proceder tenga como propósito cometer un fraude.

De este modo, si se comprueban los siguiente aspectos, se estima que usted ha ocasionado un accidente:

  • Cuando es el resultado directo, natural y probable de las acciones por usted realizadas, y
  • No se habría producido el accidente de no haber llevado a cabo tales acciones.

 Ejemplo:

Un sujeto que se encuentra en una situación económica difícil le pide a un amigo que se encuentra en la misma situación, le ayude a fingir un accidente de tránsito (choque/colisión) con la intención de solicitar a la empresa aseguradora la indemnización pertinente. En tal sentido, ambos proceden a ejecutar la colisión planeada, luego de lo cual, el amigo del asegurado huye del sitio donde ocurrió el choque y el asegurado procede presentar el reclamo a la empresa de seguro. En este caso, ambas personas son culpables por el delito al que se refiere esta sección.

Importante: Aun cuando el asegurado no haya cobrado la indemnización podrá ser sentenciado por este delito, ya que es suficiente haber cometido el accidente en tales términos fraudulentos.

Consignar varias reclamaciones de seguro

Este delito se encuentra regulado en la sección 550 (a) (4) del Código Penal, que prohíbe:

  • Consignar dos o más reclamos por el mismo daño a la misma compañía de seguro a empresas aseguradoras diferentes,
  • A sabiendas de que introdujo dos o más reclamos por el mismo daño,
  • Con la intención de realizar un fraude.

Producir daños al vehículo o abandonar el mismo

Esta conducta delictual se encuentra regulada en la sección 548 del Código Penal, que prohíbe de manera expresa:

  • Ocultar, dañar, abandonar, destruir o desmontar intencionalmente un automóvil u otro tipo de vehículo automotor que se encuentre amparado por una póliza que abarque daños y pérdidas, y
  • Llevar a cabo tales actividades con la finalidad de cometer fraude contra la compañía aseguradora.

En otras palabras, se produce este delito si usted mintió a la empresa aseguradora, con total intención, y con el propósito de generarle una pérdida económica o daños a sus derechos financieros, legales o de propiedad.

Importante: Aun cuando usted no ocasione pérdidas económicas o un daño a la empresa de seguros podrá ser declarado culpable por este delito, porque lo determinante es que haya tenido la intención de defraudar a la compañía aseguradora y obtener una indemnización de manera ilegal, y que haya ejecutado las acciones necesarias para ello. También podrá ser sentenciado por este hecho punible a pesar de que el automóvil no sea de su propiedad.

Ejemplo:

Si el propietario de un automóvil lo destruye con el propósito de recibir dinero por parte de la compañía aseguradora, alegando que fue víctima de actos de vandalismo, pero al llegar los funcionarios policiales descubren que éste hecho fue en realidad ocasionado por el mismo propietario, en este caso, a pesar de no haber presentado la reclamación ante la compañía aseguradora, la persona será condenado por este delito.

¿Qué tipo de estrategias puede ejercer para desvirtuar una acusación por fraude de seguro de auto?

Son múltiples las defensas que pueden emplearse para desvirtuar una acusación por fraude de seguro de auto, sin embargo, resulta necesario la contratación de un abogado criminalista con experiencia en la materia, ya que no todas son idóneas en todos los casos, es decir, deberá ejercer su abogado las correctas a fin de obtener los mejores resultados. Entre ellas, se pueden destacar las siguientes:

Falsa acusación

Una persona puede ser falsamente acusada en base a sentimientos negativos como rencor, venganza, celos, entre otros. En tal sentido, si su abogado ejerce los alegatos pertinentes, promueve las pruebas conducentes y desmiente tales afirmaciones, podrá demostrar su inocencia.

No haber tenido la intención de cometer fraude

Para que usted sea condenado por este delito es necesario que el Fiscal demuestre más allá de toda duda razonable que usted tuvo la intención de defraudar a la empresa aseguradora, por tanto, si su abogado logra probar en juicio que todo se trató de un error, que usted actuó de buena fe, o logra generar dudas en relación a los alegatos y pruebas que ha presentado la Fiscalía, serán desvirtuados los cargos formulados en su contra.

Fue acusado de manera errada

Si se ejerce este alegato debe demostrar su abogado que no ha sido usted sino otra persona quien llevó a cabo el delito. Por ejemplo, que fue otra persona quien de manera fraudulenta llenó el formulario en su nombre y firmó por usted. Por consiguiente, deberá demostrar el Fiscal fue usted la persona que cometió el delito, caso contrario deberá ser declarada su inocencia.

Evidencias insuficientes

En caso de ser insuficientes las pruebas presentadas en su contra, serán desestimados los cargos presentados por este delito, puesto que es indispensable que se demuestre fehacientemente los elementos constitutivos del fraude de seguro de autos. Pero el rol de su abogado será clave, ya que podrá alegar, por ejemplo, que las pruebas aportadas por la fiscalía son imprecisas o dejan de demostrar alguno o varios de los elementos que constituyen el delito.

¿Qué tipo de condenas se aplican por este delito?

La mayoría de los tipos de fraude de seguro se consideran delitos mayores. Sin embargo, varios de éstos constituyen un delito “wobbler”, es decir, que en tales casos podrá el fiscal conforme a las circunstancias que rodean el caso, y el historial delictivo del acusado, presentar cargos por delito menor o mayor. Ahora bien, se indicarán de manera seguida las sanciones que pueden ser aplicadas en cada caso en particular:

Presentar, preparar o hacer una declaración fraudulenta

Este delito puede ser calificado como delito menor o mayor, por consiguiente, corresponderá al Fiscal determinar la manera en que presentará los cargos, en base a la forma en que se produjeron los hechos, a la magnitud de los mismos, y de los antecedentes penales del acusado, de existir.

Si los cargos fueron presentados como delito menor, se podrán aplicar las siguientes condenas:

  • Libertad condicional informal.
  • Prisión hasta por doce meses, y/o
  • Multa por una suma máxima de $10.000.

Si los cargos fueron presentados como delito mayor, se podrán aplicar las siguientes sanciones:

  • Libertad condicional formal.
  • Prisión hasta por 2, 3 o 5 años, y/o
  • Multa por una suma máxima de $50.000 o por una suma equivalente al doble del monto defraudado. En este caso se aplicará la suma mayor.

Realizar un reclamo en fraude de la empresa aseguradora / Realizar múltiples reclamos de seguro

Ambos tipo delictuales constituyen delitos graves en función de los cuales se aplican estas condenas:

  • Libertad condicional formal.
  • Prisión hasta por 2, 3 o 5 años, y/o
  • Multa por una suma máxima de $50.000 o por una suma equivalente al doble del monto defraudado. En este caso se aplicará la suma mayor.

De conformidad con lo dispuesto en las secciones 548 y 550 del Código Penal, el tiempo en prisión puede incrementarse dos años por cada sentencia anterior que tenga el acusado por un delito mayor de esta índole. De haber recibido previamente una sentencia por delito mayor de fraude de seguro de autos, no será elegible para el beneficio de libertad condicional.

Referir o solicitar negocios para cometer fraude en perjuicio del seguro

Este hecho punible es considerado un  “wobbler”, por consiguiente, si constituye un delito menor se aplicarán las siguientes sanciones:

  • Libertad condicional sumaria.
  • Prisión hasta por doce meses, y/o
  • Multa por una suma máxima de $1.000.

Si los cargos fueron presentados como delito mayor, se podrán aplicar las siguientes condenas:

  • Libertad condicional formal.
  • Prisión hasta por 16 meses, 2 o 3 años, y/o
  • Multa por una suma máxima de $50.000 o por una suma equivalente al doble del monto defraudado. En este caso se aplicará la suma mayor.

Si usted  es condenado por segunda vez por referir o solicitar a un negocio para realizar fraude en perjuicio del seguro, se considerará un delito mayor.

Producir un accidente de auto con total intención

Siempre será un delito mayor, por lo que, resultan aplicables las siguientes sanciones:

  • Libertad condicional formal.
  • Prisión hasta por 2, 3 o 5 años, y/o
  • Multa por una suma máxima de $50.000 o por una suma equivalente al doble del monto defraudado. En este caso se aplicará la suma mayor.

Del mismo modo, podrán imponerse condenas adicionales de producirse cualquiera de los siguientes supuestos:

  • Dos años adicionales por cada sentencia previa por el delito grave de fraude de seguro de auto, en base a las secciones 550 o 548 del Código Penal.
  • Si usted tiene dos condenas anteriores por este delito, serán 5 años adicionales.
  • Dos años adicionales por cada sujeto que haya sufrido lesiones graves en su cuerpo en un accidente de auto por usted causado intencionalmente.
  • Posibles tres años o más, si fue usted quien de manera personal produjo lesiones físicas graves en otro sujeto, como consecuencia del accidente que intencionalmente causó.

Producir daños al vehículo o abandonar el mismo

Constituirá siempre un delito mayor. Y las sanciones aplicables son:

  • Libertad condicional formal.
  • Prisión hasta por 2, 3 o 5 años, y/o
  • Multa por una suma máxima de $50.000 o por una suma equivalente al doble de la cantidad defraudada. En este caso se aplicará la suma mayor.

Pero el tiempo en prisión aumentará dos 2 años más por cada sentencia anterior por este tipo de delito existente en su historial delictivo, en observancia de lo previsto en la sección 550 del Código Penal.

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Ser declarado culpable por fraude de seguro de auto generará importantes consecuencias para usted, ya que podrá ser condenado a permanecer largo tiempo en prisión, salvo que le sea concedido el beneficio de libertad condicional, que aplica en ciertos casos, y podrá ser condenado a pagar cuantiosas multas, todo lo cual generará perjuicios en su vida personal, laboral y financiera

Si ha sido denunciado por fraude de seguro de auto en San Diego, deberá contratar lo antes posible un abogado defensor de San Diego Criminal Attorney, para empezar a trabajar en su caso y proceder a ejercer las estrategias de defensa correctas para obtener óptimos resultados, esto es, su absolución o la reducción de los cargos. Comuníquese con nosotros al 619-880-5474, le brindaremos una asesoría legal totalmente confidencial y sin costo alguno.