Muchas personas acuden a nuestro bufete sorprendidas porque se les ha acusado de transportar sustancias controladas para la venta, cuando lo que transportaban no era una droga de aquellas consideradas como ilegales, o ni siquiera hacían uso de algún medio de transporte sencillamente porque se movían a pie. Esto sucede así porque técnicamente no todas las sustancias que comprende este delito corresponden a drogas ilegales como es el caso de la cocaína, sino que también abarca otras sustancias que, aunque son permitidas legalmente, para ser transportadas debe contarse con licencia o permiso para ello, teniendo en cuenta que son controladas por el Gobierno de los Estados Unidos.

Ante una acusación de esta índole debe saber que este delito no prevé un límite de distancia, ni de cantidad, o de si se transportaba en un vehículo o caminando, lo que es realmente determinante es que la sustancia legalmente controlada se haya movido de un lugar a otro, con el fin de venderla.

Abogado de leyes criminales en San Diego, CA

Ser acusado por un delito de esta naturaleza implica tener que enfrentar la posibilidad de ir a prisión por un largo periodo de tiempo. Por esa razón es importante que busque asesoría legal a tiempo, ya que su defensa es determinante para lograr que se dicte una sentencia favorable. Mientras más tiempo transcurra sin una representación legal, más complicaciones pueden surgir en el proceso, por ello tome esta acción lo antes posible.

Para obtener una asesoría de su situación legal totalmente gratuita puede contactar a un abogado de transporte de sustancias controladas para la venta de San Diego Criminal Attorney a través del número de teléfono que aparece en esta página web o completando nuestro formulario en línea.

¿En qué consiste el Transporte de Sustancias Controladas para la Venta en California?

Una persona incurre en este delito cuando realizó o se ofreció a realizar alguna de las siguientes acciones: transportar, importar, vender, suministrar, o administrar, cualquier sustancia controlada de las que se especifican en la disposición 11352 del Código de Salud y Seguridad.

Como lo referimos en líneas anteriores, las sustancias legalmente controladas no sólo abarcan drogas ilegales, tales como la cocaína, sino también aquellos fármacos que, aunque son permitidos, su venta, transporte, posesión y consumo, está controlado por el Estado, debido a su alta peligrosidad para ser consumido sin supervisión médica, de manera que, si no se cuenta con licencia para su transportación, también constituye un acto ilegal a razón del hecho punible al que nos referimos.

A los efectos de la ley, se entiende por “administrar” aplicar una sustancia controlada a otra persona, o lograr que este la consuma.

Ahora bien, las sustancias legalmente controladas que comprende este hecho punible son las señaladas en la disposición 11352 HSC, por mencionar algunas de estas, las sustancias más conocidas son:

  • LSD
  • Cocaína
  • Base de cocaína
  • Heroína
  • Peyote
  • Opiáceos
  • Hidrocodona
  • Codeína

Las últimas dos son fármacos comúnmente recetados para tratar el dolor moderado o intenso, pero que, por ser altamente adictivos, son controlados por el Estado. No obstante, las aquí nombradas no son limitativas de otras que se incluyen dentro de las sustancias que comprende la norma a la que nos referimos.

Es también importante señalar que, de las sustancias que comprende la norma antes referida, debe excluirse la marihuana, metanfetamina y otras drogas, que se regulan mediante disposiciones legales diferentes.

Ejemplos

Bajo ese contexto, los siguientes son algunas situaciones bajo las cuales, comúnmente, las personas son procesadas por la comisión del hecho punible al cual nos referimos:

  • Un estudiante universitario que se dedica a vender heroína en el campus de su universidad y es descubierto por agentes policiales.
  • Inyectar a un compañero de cuarto, o a un amigo heroína y ser visto por autoridades de la ley.

¿Qué debe probar el Fiscal para que me hallen culpable de este hecho punible?

Según lo que referimos anteriormente, para que usted sea condenado por la comisión de este delito, el Fiscal debe probar, más allá de toda duda razonable, que en el hecho coexistieron los siguientes elementos:

  • Que usted ejecutó o se ofreció a ejecutar una acción de las mencionadas con anterioridad: transportar, importar, vender, suministrar, o administrar cualquier sustancia controlada;
  • Que usted pretendía realizar dichas actividades con el propósito de vender la sustancia;
  • Que usted conocía la existencia de la sustancia y además acerca de su naturaleza controlada;
  • Que se trató de una cantidad utilizable, es decir, que la cantidad era suficiente como para ser consumida, lo que no es igual a que sea suficiente para drogar a una persona, basta con que se pueda consumir. En palabras más simples, que no se tratara solamente de los residuos de una sustancia.

¿Qué se entiende por “transportar”?

En términos generales, el término “transportar” se utiliza para describir la acción en la que se traslada una cosa de un lugar a otro, por lo general, haciendo uso de un vehículo o cualquier otro medio de transporte.

Bajo esa definición, la acción a la que nos referimos implica mover una sustancia de un lugar a otro con la intención de venderla, para que se entienda como tal, no resulta determinante si la distancia del traslado es corta o larga, ni tampoco si se usó un vehículo o no, lo realmente determinante es que, además de trasladar la sustancia de un sitio a otro, dicha acción sea empleada con el propósito de venderla, es decir que se tenga la intención de entregar la sustancia a cambio de una contraprestación que puede consistir en dinero, servicios o cualquier otro fin económico, de lo contrario, si no se encuentra presente dicho elemento, no podría configurarse el delito al que nos referimos, pero muy posiblemente de lugar a una acusación por la comisión de otro hecho punible, tal como, posesión de sustancias controladas.

¿Qué condenas son aplicables por transportar sustancias controladas con fines de venta?

El delito al que nos referimos siempre se tiene como mayor o grave, y en tal sentido, las sanciones aplicables son realmente severas, en estas se incluyen las siguientes:

  • Pena de prisión de mínimo 3 y máximo 5 años como programa carcelario (de realineación);
  • Pena de Prisión de mínimo 3 y máximo 9 años si se demuestra que usted transportó sustancias controladas mediante dos o más líneas de condado en el Estado de California;
  • Libertad condicional formal;
  • Tener que pagar una suma considerable de dinero por concepto de multas de hasta $20.000.

Cabe destacar que, usted no podrá optar para el beneficio de libertad condicional si incurrió en una de las situaciones que se mencionan a continuación:

  • Ofrecer para venta o vender 14.25gr de sustancias que contengan heroína;
  • Ofrecer para la venta o vender heroína, independientemente de su cantidad, y tener antecedentes de haber sido condenado por algún delito de drogas;
  • Ofrecer para la venta o vender cocaína, base de cocaína, o metanfetamina, y poseer antecedentes de haber sido condenado por algún delito de drogas.

Si usted no incurrió en ninguna de las situaciones antes nombradas, ni en ningún agravante del delito, y el Juez considera otorgarle el beneficio de libertad condicional, es sumamente importante que cumpla con todas las condiciones que se le impusieron, ya que, lo contrario, podría causar que el Juez decida privarlo de tal beneficio y en consecuencia, usted tenga que ir a prisión.

¿Qué circunstancias agravantes prevén las leyes de California?

Existen también otras circunstancias que, de encontrarse presentes en el hecho, son tomadas como agravantes del delito y conllevarían a la aplicación de sanciones más severas que las anteriormente descritas, algunas de estas son:

  • Haber transportado una cantidad considerable de la sustancia controlada que se trate;
  • Haber vendido a personas menores de 18 años;
  • Haber vendido sustancias controladas en de las inmediaciones de una institución donde se dictan programas de desvío de drogas, centros de refugios para personas sin hogar, o similares;
  • Poseer antecedentes penales por delitos de drogas;
  • Haber vendido, suministrado o administrado, sustancias controladas a mujeres embarazadas, personas con problemas de adicción, o que padecen de trastornos mentales.

Haber transportado una cantidad considerable de una sustancia controlada

Como lo referimos en líneas anteriores, el transporte de una sustancia no tiene que ver con la cantidad de ésta, basta con que se mueva de un sitio a otro. No obstante, resulta ilógico que la ley castigue con la misma severidad el traslado de cantidades pequeñas y aquellas de gran magnitud, por esa razón, en casos donde, la cantidad de dicha sustancia haya sido considerable, la ley prevé que es una situación agravante y por ende, se aumenta considerablemente la severidad de la condena.

Haber vendido a personas menores de 18 años

En California vender sustancias a un menor de 18 años es un agravante, y en consecuencia las sanciones aplicables serán mucho más severas.

Haber vendido sustancias controladas en las inmediaciones de una institución donde se dictan programas de desvío de drogas, centros de refugios para personas sin hogar, o similares

Otra circunstancia que agrava las condenas, que de por sí ya son bastantes severas, es vender cocaína, base de cocaína, o heroína en un perímetro de 1000 pies de algún establecimiento donde se dictan programas de desvío de drogas, centros de refugios para personas sin hogar, y otros similares.

En estos casos, el Juez que evalúa el caso podría imponer 1 año de pena de prisión adicional a la condena que considere aplicar.

Poseer antecedentes penales por delitos de drogas

Así como se lee, si usted posee antecedentes penales por un delito relacionado con drogas de los previsto en la disposición 11352 HSC, exceptuando la posesión de drogas para uso personal, se considera un agravante del delito al que nos referimos, pudiendo tener que cumplir con 3 años adicionales de prisión por cada condena previa.

Haber vendido, suministrado, o administrado sustancias legalmente controladas a determinadas personas

Toda persona que venda, suministre o administre sustancias legalmente controladas a mujeres embarazadas, personas con problemas de adicción, con trastornos mentales, o que ha sido sentenciado por un delito violento, le será aplicada condenas más severas que las nombradas con anterioridad.

No obstante, en dichos casos, es necesario que el Fiscal pruebe que el acusado realizó tal acción a sabiendas de la condición de la otra persona.

¿Qué otras consecuencias legales pueden derivarse de una sentencia condenatoria?

Recibir una sentencia condenatoria por un delito de drogas siempre conlleva una serie de implicaciones legales que pueden afectar negativamente la vida del condenado.

Una de las consecuencias legales que más incide en la vida personal del condenado son los antecedentes criminales que una sentencia desfavorable conlleva, ya que, muy probablemente, estos disminuyan de forma significativa, sus posibilidades de conseguir un buen empleo o una vivienda digna, debido a la frecuencia con que los empleadores y arrendadores de viviendas consultan los antecedentes penales de sus candidatos.

Otra consecuencia legal es que, según los detalles del caso, el Juez puede considerar suspender su licencia de conducir, o condenarlo a la pérdida del derecho de portar armas.

Por último, una de las repercusiones más duras de una sentencia condenatoria para quienes son inmigrantes es que, tratándose de un delito grave, podría aplicarse una deportación aun cuando la persona resida legalmente en los Estado Unidos.

¿Qué debo hacer si soy arrestado o investigado por la comisión de este delito?

En el escenario de que usted sea arrestado, es importante que tome en cuenta las siguientes recomendaciones:

  • Ampárese en su derecho de permanecer en silencio, esto seguramente lo ha escuchado muchas veces en películas donde alguien es arrestado, pero más que una ficción, es una acción muy importante para no complicar más su situación legal, ya que, siendo que usted muy probablemente no conozca de términos legales, cualquier cosa que diga, lejos de ayudarle a brindar una explicación, puede ser utilizada en su contra en la Corte.
  • Esté muy atento a las acciones que toman los agentes policiales durante su arresto, cómo actuaron, si presentaron o no documentos que justifiquen el arresto, qué le incautaron, cómo se incautó la evidencia, qué le dijeron, si lo amenazaron, si al momento del arresto le leyeron sus derechos, si había cámaras en el lugar que puedan avalar sus dichos, toda esa información puede servirle más adelante para su defensa.
  • En el caso que esté siendo investigado o teme enfrentar pronto un proceso, puede ganar tiempo y tratar de recolectar la evidencia que tenga a su favor y pueda desaparecer con el transcurrir del proceso, por ejemplo; mensajes de textos que indiquen que usted no pretendía vender sino compartir la sustancia con una amigo; testigos de la fiesta en la que si bien usted fue portavoz de que alguien más iba a estar vendiendo drogas, no fue quien verdaderamente transportó o vendió la misma; mensajes de texto de otra persona incriminándolo en un hecho; y en fin, cualquiera que pueda ayudarle a reducir sus cargos o demostrar que usted no cometió el crimen del cual se le acusa.
  • Y por último, acuda a un abogado de leyes criminales con experiencia, cuanto antes tome esta acción, mejores serán los resultados de su situación legal. Pero tenga en cuenta que no debe ser cualquier abogado, debe ponerse en contacto con uno que sea especialista en el delito del cual fue acusado, y que además tenga amplia experiencia llevando juicios de esa naturaleza, no ponga en riesgo su libertad confiando su situación legal en las manos equivocadas. En San Diego Criminal Attorney, nuestro equipo tiene a su disposición abogados de distintas especializaciones con amplia experiencia en sus respectivas ramas legales, para que su caso específico cuente con la mejor y más apropiada defensa.

¿Qué estrategias de defensas utilizan los abogados en estos casos?

Que usted sea acusado por la comisión de un hecho punible de esta naturaleza no implica necesariamente una ida a prisión o la aplicación de otras condenas. Cualquiera que sea el escenario que enfrenta, su defensa jugará un papel importante para conseguir una sentencia favorable.

Cada caso en concreto es diferente, y por ello requiere un análisis de los detalles que giran en torno a este para determinar una defensa adecuada, sin embargo, aquí les explicaremos algunas de las más comúnmente utilizadas por abogados de leyes criminales:

Identificación errónea

Esta defensa consiste en argumentar que usted fue señalado de cometer el hecho punible equivocadamente.

Los juicios por delitos de esta naturaleza, por lo general, se fundamentan en testimonios de personas que identificaron o señalaron al acusado como autor del hecho punible, pero esto no significa que realmente sea así. Muchas veces, se tienen elementos que inciden en la capacidad de un ser humano para recordar, por ejemplo; poca iluminación, parecido facial con otra persona, tono de voz similar al de alguien más, sugestiones, y otros particulares de cada caso en concreto.

En dichas situaciones, su abogado de leyes criminales tendrá que argumentar la defensa a la que nos referimos, hacerse valer de pruebas para demostrar la verdad de sus dichos y convencer al jurado. Si lo logra, sus cargos podrían ser desestimados por el Juez y se libraría no sólo de las condenas, sino también de los efectos que estas traen consigo.

Usted fue víctima de trampas puestas por oficiales de la policía

Aunque parezca una defensa rebuscada, no está alejada de la realidad. En algunas ocasiones los agentes de la ley pueden arrestar a una persona durante una operación encubierta, sin embargo, es posible que dicho arresto sea ilegal, al igual que todos los elementos probatorios que se recaudaron en dicha operación. Esto sucede específicamente cuando los oficiales se excedieron en la operación y prácticamente indujeron al acusado a cometer el hecho punible.

Acciones como: manifestar que el acto no es un ilícito, insistir múltiples veces en pedirle a la persona que cometa el delito, ofrecer cantidades muy altas de dinero, perseguir al acusado, evitar que se vaya insistiéndole, y en fin, cualquier otro elemento que determine una conducta excesiva, instando al acusado a cometer el delito.

En esos casos, su abogado deberá probar que, si bien usted cometió el delito, un agente de la ley lo indujo para hacerlo, de tal manera que, usted no hubiera incurrido en el hecho punible, bajo otras circunstancias. De ser probada dicha defensa, el cargo sería forzosamente desestimado por el Juez a cargo.

Las evidencias fueron obtenidas mediante una incautación o registro ilegal

Esta defensa consiste en atacar las pruebas que presentó el Fiscal en virtud de que las mismas fueron obtenidas mediante procedimientos que no cumplieron los parámetros establecidos en la ley, lo que significa que el mismo fue irregular y, en consecuencia, el Juez deberá forzosamente desechar las pruebas, al haber sido recaudadas de forma ilegal. Básicamente, se hace como si las pruebas nunca hubieran existido, sean determinantes o no, lo que podría ayudar a su abogado a emplear otras defensas para señalar la escasez probatoria respecto de uno de los elementos necesarios para que se entienda cometido el delito.

En esos casos, sus cargos podrán ser reducidos significativamente, logrando el pago de una multa y quedar en libertad condicional, o que estos sean desestimados en su totalidad.

Abuso policial

Otras situaciones que se presentan en estos casos son las conductas abusivas por parte de funcionarios de la ley: emplear fuerza de forma desmedida, plantar evidencia, mentir en los informes policiales, mecanismos de coerción para obtener una confesión del arrestado, son las acciones más comúnmente empleadas por agentes de la ley en abuso de su autoridad.

Bajo esas situaciones, su abogado defensor deberá llevar elementos al proceso de los cuales pueda demostrar estos comportamientos, si se le causaron lesiones físicas, si en el lugar donde lo arrestaron habían cámaras de seguridad, si se tienen testigos y en fin, todo lo que pueda convencer al jurado sobre las conductas abusivas de los oficiales que lo arrestaron.

Falta de evidencia

Esta es la defensa que más se utiliza, y consiste básicamente en atacar la deficiencia probatoria de una o varias evidencias que se tengan en su contra. Para ello, su abogado de leyes criminales puede señalar al jurado, la debilidad sobre algunas de las pruebas o promover otras a su favor, que tengan mayor valor probatorio.

Agendar una asesoría legal en San Diego, CA

Enfrentar cargos por un delito de drogas, no es una situación que se deba tomar tan a la ligera. La gran mayoría de los acusados deciden acudir a un especialista prácticamente finalizando el proceso cuando notan que su situación legal está al borde de pasar un largo tiempo en prisión. No cometa ese mismo error, tome en cuenta que entre más tiempo transcurra menores serán sus posibilidades obtener una sentencia favorable.

Si actualmente está siendo acusado por un delito de esta índole, o cualquier otro, no dude en contactarnos a través del 619-880-5474 o completando nuestro formulario en línea y agende una asesoría legal completamente gratuita con un abogado de transporte de sustancias controladas para la venta. ¡Contáctenos de inmediato!